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Yucatán analiza tipificar suicidio feminicida de cinco a 10 años de prisión

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La comisión de Justicia y Seguridad Pública recibió la iniciativa para que el Código Penal del Estado de Yucatán contemple el suicidio feminicida como delito, con una sanción de cinco a 10 años de prisión cuando la mujer no fallezca ante el intento de suicidio y la sanción estipulada para el feminicidio cuando sí.

La iniciativa, propuesta por la diputada Jazmín Villanueva Moo, de la Fracción Legislativa del Movimiento Regeneración Nacional (Morena) contempla adicionar un capítulo denominado “suicidio feminicida”, con el cual contemplan que comete el delito quien induce, obliga o presta ayuda a una persona del género femenino para privarse de la vida.

Entre las características para catalogar que el suicidio fue de este tipo, consideran que presente cualquier tipo de violencia, discriminación o atentado en razón de género contemplado en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que el o la responsable aprovechara una situación de poder de riesgo o condición física o psíquica de la víctima, que quien lo hace aproveche alguna superioridad por relaciones pre existentes o existentes con la víctima.

Esta iniciativa, propone también que, quien entorpezca la impartición de justicia, tendrá de tres a ocho años de prisión y de 500 a  mil 500 días de multas, y además, será destituido e inhabilitado de seis a 10 años para cualquier cargo o comisión pública.

Villanueva Moo, promovente de la iniciativa, enfatizó la relevancia de la legislación en este tema, pues expuso que existen diversos casos reportados “que dejan en evidencia que se necesita considerar como delitos los suicidios inducidos por causas relacionadas con la violencia de género”.

Apuntó que es una conducta dolosa dictada por el odio a las mujeres y la mayoría de estos suicidios son resultado de la violencia de género del entorno, en diferentes ámbitos (escolar, laboral, familia, entre otros), y, opinó, a pesar de lo evidente, el Código Penal aun no lo considera.

De aprobarse, catalogarían como feminicidio los suicidios que sean producto de esta violencia, abundó que cuando hay inducción al suicidio como resultado de la violencia de género, de forma oficial queda que fue una muerte “auto-inflingida”, pero en la Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia, ya contempla este delito, dado que no está siendo tomado en cuenta, es prioritario incluirlo en el Código Penal para proteger a las mujeres, señaló.

“Recojo los reclamos de nuestras mujeres, de sus familias y de todos aquellos que han luchado por obtener el acceso a la justicia… No podemos seguir permitiendo que esta problemática siga en aumento”.

Gaspar Quintal sugirió que, en los casos donde la mujer no culmine el acto, el delito sea catalogado en grado de tentativa como suicidio feminicida, tomando como referencia si hubiera lesiones físicas o psicológicas; propuesta que fue aprobada por la comisión.

Con información de La Jornada